Denuncia de irregularidades
En aplicación de las disposiciones del Decreto Legislativo 24/2023 (decreto"whistleblowing"), la Sociedad ha establecido un sistema de presentación y gestión de denuncias internas.
El funcionamiento del sistema en cuestión se rige por un acto organizativo de la empresa, definido como política de denuncia de irregularidades, a cuyo contenido se hace referencia, por lo que se invita al usuario a leer atentamente el documento, que regula en particular las condiciones y modalidades de uso de la herramienta de denuncia de irregularidades -que, si no cumple los requisitos especificados, no podrá gestionarse de conformidad con la legislación en cuestión-, así como las protecciones y sanciones previstas.
Si ricorda a titolo esemplificativo che tra gli illeciti di interesse per l'eventuale segnalazione si annoverano quelli relativi ad appalti pubblici (a titolo esemplificativo: irregolarità nella modalità di aggiudicazione fondi, di partecipazione a gare ad evidenza pubblica), sicurezza e conformità dei prodotti (es. en el etiquetado), protección delmedio ambiente (infracciones medioambientales, por ejemplo en la gestión de residuos), seguridad de los alimentos y los piensos, salud y bienestar de los animales, salud pública (por ejemplo calidad y seguridad de los medicamentos y productos sanitarios), protección de los consumidores (por ejemplo, prácticas comerciales desleales, violación de los derechos de los consumidores, competencia desleal), protección de datos personales y seguridad de redes y sistemas de información.
Por lo tanto, las denuncias vinculadas a un interés personal del denunciante, o relativas a sus relaciones laborales individuales, o relativas a relaciones laborales con figuras jerárquicamente superiores, así como las relativas a cuestiones comerciales (productos, servicios, etc.)no entran en el ámbito de aplicación de las presentes normas.
Las denuncias deben estar bien fundadas para no incurrir en responsabilidad penal, civil y disciplinaria, situación que puede darse en caso de denuncia calumniosa o difamatoria.
Las siguientes personas están autorizadas a realizar denuncias en virtud de las normas en cuestión
- los trabajadores de la empresa
- los trabajadores autónomos y colaboradores de la Empresa
- trabajadores o colaboradores de proveedores
- profesionales autónomos y consultores de la Empresa
- voluntarios y becarios empleados por la Empresa;
- personas con funciones de administración, dirección, control, supervisión o representación en la Empresa.
La denuncia podrá realizarse verbalmente o por escrito.
En este último caso, el canal interno de denuncias activado por la Empresa prevé la utilización de unaplataforma informática especial que hace uso de protocolos seguros y herramientas de encriptación que permiten proteger los datos y la información de carácter personal, incluidos los contenidos en los eventuales archivos adjuntos a la denuncia.
Se puede acceder a esta plataforma desde el siguiente enlace:
Por lo que respecta a la forma de utilizar el mencionado programa, remítase a las instrucciones contenidas en la mencionada política de denuncia de irregularidades.
Debe tenerse en cuenta, en particular, que tras el resultado de la denuncia , se generará un código único (key-code) para el denunciante, que deberá conservar para poder interactuar con la plataforma y conocer el resultado de la denuncia.
Losinformes serán gestionados por una persona externa, denominada gestor de informes, debidamente designada y autorizada por la Empresa.
La tramitación de la denuncia seguirá las siguientes fases
- envío de la denuncia por parte del denunciante;
- notificación al denunciante de la recepción del informe (en un plazo de 7 días);
- evaluación de la admisibilidad de la denuncia con arreglo a la legislación sobre denuncia de irregularidades;
- evaluación de la existencia de los requisitos del informe;
- cualquier solicitud de adiciones al informe;
- investigación interna de los hechos denunciados;
- respuesta a la denuncia (en un plazo de 3 meses a partir de la recepción de la denuncia).
La Empresa garantiza a los denunciantes, a los denominados facilitadores y a las demás personas mencionadas en el artículo 3 del Decreto un sistema de protección que se concreta, en particular, en la protección de la confidencialidad de los datos de dichas personas y del contenido de la denuncia, así como en la protección de dichas personas contra posibles represalias.
No obstante,se invita al lector de este documento informativo a consultar íntegramente el protocolo corporativo titulado"POLÍTICA DE DENUNCIAProcedimiento para la presentación y gestión de denuncias internas y garantías correspondientes", donde se exponen detalladamente todas las características del sistema de denuncia adoptado por la Empresa y las instrucciones para su correcta utilización.